Ponemos en vuestro conocimiento que se ha publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) y de la Comunidad de Madrid (BOCM) la convocatoria de subvenciones para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hostelero y hotelero 2025.
La dotación inicial para este ejercicio es de 1.000.000 euros, ampliable hasta en 500.000 euros, siempre y cuando exista demanda y disponibilidad presupuestaria adecuada y suficiente que lo permita.
Por tanto, ya podéis presentar vuestras solicitudes. El plazo de presentación es del 20 de mayo al 9 de junio de 2025, ambos días incluidos.
Podéis encontrar el texto de las bases, documentación completa, requisitos y forma de realizar el trámite de presentación en el siguiente enlace:
Igualmente, la publicación del extracto en el BOCM la podéis encontrar en el siguiente enlace:
Las solicitudes deben presentarse por vía TELEMÁTICA
Aprovechamos esta ocasión para recordarles que, para poder tramitar los expedientes, es de extraordinaria importancia que se presente correctamente la documentación requerida en las bases, prestando especial atención a:
- Listado detallado de los gastos para los que se solicita subvención. Se aportará relación ordenada, numerada y secuencial de los gastos realizados y aportados, con la suma total de los mismos, en un fichero EXCEL EDITABLE, conforme al anexo I
- Justificación de los gastos. La justificación de las subvenciones que se otorguen con arreglo a la presente convocatoria se realizará mediante la modalidad “cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto”, de acuerdo con lo especificado en los artículos 34, 35 y 38 de la OBRS
- Información administrativa de la entidad solicitante
- Declaración responsable, conforme al modelo indicado en el anexo II, que recoja que la entidad perceptora:
Os recordamos que, tal y como establecen las bases de convocatoria, aquellas solicitudes que no adjunten, al menos, el listado detallado de los gastos realizados para los que se solicita la subvención en fichero EXCEL EDITABLE conforme al modelo que se adjunta como anexo I, así como la breve memoria explicativa de los citados gastos en los términos recogidos en la base 10.4.2 b), podrán no admitirse a trámite directamente por carecer de la información básica, sin necesidad de requerimiento de subsanación.
El equipo de la Dirección General está a vuestra disposición para resolver cualquier duda.
Se aconseja no dejar la solicitud para el último día, ya que toda solicitud que tenga registro de entrada posterior a las 23:59 horas del día 9 de junio de 2025 será extemporánea y quedará excluida. También serán extemporáneas solicitudes presentadas antes del día 20 de mayo.
En caso de existir problemas con la presentación electrónica en el registro municipal, os recordamos la posibilidad de efectuar la misma a través del registro electrónico general de cualquier Administración Pública, especialmente de la Administración General del Estado: Sede Punto Acceso General – Registro Electrónico General AGE